Referencia
Glosario del transporte de mercancías
Los términos que aparecen en contratos, facturas, inspecciones y programas de gestión, definidos en dos o tres frases. Cada definición enlaza a la guía donde se explica con la norma y las fuentes.
- ACOTRAN
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Aplicación web gratuita del Ministerio de Transportes para calcular la estructura de costes de un vehículo con los datos reales de tu empresa. Complementa al programa descargable ACOTRAM y se usa con un registro por correo electrónico.
- Autofacturación
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Factura que expide el cliente (destinatario de la operación) en nombre del proveedor, algo habitual entre agencias y transportistas colaboradores. Exige acuerdo previo por escrito. En el transporte, si hay autofacturación, los 30 días para incurrir en mora se cuentan desde la entrega de la mercancía (art. 41.2 de la Ley 15/2009).
- Bolsa de cargas
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Plataforma en la que cargadores, agencias y transportistas publican cargas y camiones disponibles para casarlos. Ejemplos con presencia en España: Wtransnet y Timocom. No es un programa de gestión: encuentra el porte, pero no lo planifica, documenta ni factura.
- Cabotaje
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Transporte interior realizado en un país por un transportista establecido en otro. En España, las operaciones de cabotaje están incluidas en la obligación del documento de control administrativo (DeCA).
Más: DeCA
- Cargador contractual
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Quien contrata en nombre propio el transporte con el transportista efectivo: puede ser el dueño de la mercancía, pero también una agencia, un transitario, un operador logístico u otro transportista. Responde de los datos de origen, destino, mercancía e identificación de las partes en el documento de control.
- Carta de porte
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Documento del contrato de transporte que prueba sus condiciones. Desde agosto de 2022, en los contratos con el porteador efectivo es obligatoria por cada envío cuando el precio supera 150 euros, y debe incluir, entre otras menciones, el precio convenido (art. 10 bis de la Ley 15/2009).
- Cláusula de revisión por gasóleo
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Obligación legal de subir o bajar el precio pactado del transporte cuando varía el precio del gasóleo entre la contratación y el viaje (art. 38 de la Ley 15/2009). Se aplica automáticamente si la variación es del 5 % o más y, en contratos continuados, en cada periodo de facturación. El ajuste va desglosado en la factura y el pacto en contrario es nulo.
- CMR
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Convenio de Ginebra de 1956 sobre el contrato de transporte internacional de mercancías por carretera, al que España se adhirió en 1974. Por extensión, la carta de porte internacional que se emite conforme a él.
- Coeficiente C
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Peso del gasóleo en el precio del transporte según la fórmula oficial de revisión. Desde el Real Decreto-ley 9/2026 depende del tipo de vehículo y del precio del gasóleo antes de impuestos: para vehículos de 20 toneladas o más (salvo obras) va de 0,3 a 0,5.
- Contrato de transporte continuado
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Contrato por el que un transportista se compromete a hacer varios envíos para el mismo cliente durante un periodo. En estos contratos la revisión por gasóleo se aplica en cada periodo de facturación, sea cual sea la variación del precio del combustible.
- DeCA (documento electrónico de control administrativo)
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Versión obligatoriamente digital del documento de control que acompaña cada envío de transporte público de mercancías por carretera en España. Es obligatorio desde el 5 de octubre de 2026 (Ley 9/2025, disposición transitoria octava): un PDF generado de forma nativa, con código QR que apunta a una URL segura desde la que la inspección lo descarga.
Más: Guía del DeCA
- Documento de control administrativo
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Documento que debe ir a bordo en cada envío de transporte público de mercancías (Orden FOM/2861/2012). Recoge cargador contractual, transportista efectivo, origen y destino, mercancía y peso, fecha y matrículas. De libre formato: una carta de porte con esos datos sirve como documento de control.
Más: Guía del DeCA
- eCMR
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Carta de porte internacional electrónica conforme al Protocolo adicional al CMR de 2008, del que España es parte desde 2011. Sustituye el papel del CMR con firmas electrónicas; en transporte interior, un documento con formato eCMR puede servir como DeCA si contiene todos sus datos.
- eFTI
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Reglamento (UE) 2020/1056 sobre información electrónica relativa al transporte de mercancías: fija cómo las autoridades aceptarán datos de transporte en formato electrónico mediante plataformas certificadas. En España, gestionar los datos del documento de control con el esquema eFTI exime de presentarlo en forma de DeCA.
Más: Guía del DeCA
- Gasóleo profesional
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Devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos a los titulares de determinados vehículos de transporte profesional (art. 52 bis de la Ley 38/1992, de Impuestos Especiales). En la fórmula de revisión del precio del transporte, el precio de referencia del gasóleo se toma sin descontar esta devolución.
- Índice G
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Variación porcentual del precio medio semanal del gasóleo publicada por la Administración entre la fecha del contrato y la del transporte. Es la G de la fórmula ΔP = G × P × C / 100. El Ministerio de Transportes ofrece en su web una calculadora con estos índices.
- Interés de demora comercial
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Interés que se devenga automáticamente cuando un cliente paga tarde (Ley 3/2004). Se publica cada semestre: 10,15 % en el primer semestre de 2026 y 10,40 % en el segundo, según recoge el Observatorio de Costes del Ministerio de Transportes.
- Junta Arbitral del Transporte
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Órgano administrativo que resuelve conflictos sobre contratos de transporte de forma rápida y gratuita o casi gratuita. También es la vía para pedir el depósito y la venta de la mercancía retenida por impago (art. 40 de la Ley 15/2009).
- Observatorio de Costes
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Informe trimestral del Ministerio de Transportes, pactado con cargadores y transportistas, que calcula el coste medio de 20 tipos de vehículo. En la edición de julio de 2026, un articulado de carga general cuesta 170.875,68 euros al año: 1,42 euros por kilómetro recorrido y 1,68 euros por kilómetro en carga.
- Paralización (indemnización)
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Compensación que el transportista puede exigir al cargador cuando la carga o descarga se retrasa más de una hora desde que pone el vehículo a disposición. Salvo pacto de una cantidad mayor, equivale al IPREM/día multiplicado por 2 por cada hora o fracción, con un máximo de 10 horas al día (art. 22 de la Ley 15/2009).
- Plazo máximo de pago
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Sin pacto, 30 días desde la entrega; con pacto, nunca más de 60 días naturales (art. 4 de la Ley 3/2004). En el transporte de mercancías por carretera, pagar por encima de ese límite es una infracción de la LOTT con multas de 401 a 6.000 euros según el precio del porte.
- Tacógrafo inteligente
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Tacógrafo digital de segunda generación que registra automáticamente la posición y los pasos de frontera. Desde el 1 de julio de 2026 el tacógrafo es obligatorio también en vehículos de más de 2,5 toneladas que hagan transporte internacional o cabotaje.
- Tarjeta de empresa
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Tarjeta de tacógrafo que identifica a la empresa titular o arrendataria y permite descargar y bloquear los datos de sus vehículos. Dura cinco años; también la necesita el autónomo que tiene un camión con tacógrafo digital.
- TMS (sistema de gestión de transporte)
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Programa que gestiona la operativa de una empresa de transporte: pedidos, planificación de tráfico, asignación de camiones y conductores, documentos (DeCA, carta de porte, eCMR), seguimiento y facturación de portes, a veces también la liquidación de colaboradores.
- Transportista (porteador) efectivo
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Titular de la autorización con la que se hace materialmente el transporte, aunque no sea quien lo contrató con el cliente final. Responde de la fecha, la matrícula y las autorizaciones especiales en el documento de control.
- Unidad intravehicular
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La memoria del tacógrafo instalada en el camión. En España sus datos se deben descargar al menos cada tres meses y conservarse 365 días (Orden FOM/1190/2005, arts. 23 y 24).
- Verifactu
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Sistema de emisión de facturas verificables de la Agencia Tributaria que desarrolla el Real Decreto 1007/2023. Los programas de facturación deben adaptarse antes del 1 de enero de 2027 para sociedades y del 1 de julio de 2027 para autónomos, incluidos los que tributan por módulos si facturan con programa.